Seguro que te habrás percatado que cada portal tiene los toldos del mismo color, pero ¿saber por qué no puede poner cada uno el toldo que quiera? La instalación de toldos en comunidades de vecinos no se deja al gusto personal de cada vecino, sino que debe existir un consenso sobre la estética de la fachada del edificio.
El artículo 396 del Código Civil considera que la fachada del edificio es un elemento común, por lo que pertenece a todos los vecinos de una comunidad por igual. Por ello, la instalación o el cambio de un toldo (o de los de toda la fachada) debe ser tratado en las reuniones de la comunidad de vecinos. Hay dos tipos de decisiones: la instalación que debe tener el consentimiento unánime de la comunidad; y los aspectos de modelo, color y dimensiones, debe obtener la mitad más uno (una mayoría simple).
Casi todas las comunidades de vecinos ya han debatido este tipo de cuestiones. Por ello, debes consultar el acta correspondiente para no cometer ninguna infracción.
Fuente: Comunidadis.